Extranjeros

Arraigo para la formación

El gobierno de España ha publicado novedades en los trámites para regularizar la situación de inmigrantes en el territorio nacional. El arraigo para la formación es un nuevo tipo de residencia para extranjeros irregulares que permitirá obtener regularidad a través de formación o estudios. Te informamos sobre todo lo que debes saber acerca de arraigo para la formación


¿Qué es el arraigo para la formación en España?
El Arraigo para la Formación en España es una Solicitud de Residencia por Circunstancias Excepcionales que ha quedado incorporada en la normativa de Extranjería con la Reforma del Reglamento de Extranjería mediante el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
El Arraigo para la Formacion en España permite conseguir un permiso de residencia legal con un período válido de 12 meses a aquellas personas inmigrantes que residan irregularmente en España durante un período de 2 años. Podrán obtener regularidad a través de Formación reglada para el Empleo o estudios con el fin de integrarse en el mercado laboral favoreciendo la inserción de personas cualificadas para cubrir la demanda de mano de obra.


¿Qué se necesita para un arraigo?
Para un arraigo se necesita tener tres años resididos en España, si se tuvo ausencias no deben superar los 120 días. Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o con españoles, o presentar un informe que certifique su integración social.
Además de: 
  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años previos a la solicitud de la autorización. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.
  • Comprometerse a realizar una formación.


¿Qué tipo de formación debo cursar para tramitar un Arraigo para la Formación?
La formación que debemos cursar para poder beneficiarse del Arraigo para la Formación, debe encontrarse entre las siguientes clasificaciones:
  1. Formación reglada para el empleo
  2. Formación para obtener un certificado de profesionalidad
  3. Formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica o una promovida por los Servicios Públicos de Empleo y orientada al desempeño de ocupaciones incluidas en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura
  4. Formación permanente de las universidades, comprometerse a la realización de cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales así como de otras enseñanzas propias de formación permanente.
Para solicitar el Arraigo en Formación solo es necesario realizar un compromiso que se documentara por escrito. La matriculación en el curso de formación, deberá haberse realizado en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.

Si necesitas una formación reglada en España o un curso para poder solicitar tu arraigo de la formación tenemos un catálogo muy amplio con el que podrás acceder a este trámite. ¡Consúltanos!


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  • VENTAJAS

  • Permite residir en España de forma legal.

  • Es una nueva vía de regularización de inmigrantes en España

  • Posibilita Modificación a Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena, una vez acabada la formación.

  • El tiempo de residencia computa para la solicitud de Nacionalidad Española por Residencia.

  • Posibilita la libre circulación por el espacio Europeo.

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